jueves, 25 de febrero de 2010

JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO

ABOGADOS!! ESPERO QUE TENGAN UN BUEN FIN DE SEMANA, DANDO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO CON SU PROGRAMA, LES ANEXO SU SESIÓN DE BLOG NÚMERO SEIS, ANALIZAREMOS DE FONDO EL TEMA DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO, LA ACTIVIDAD A REALIZAR SERÁ LEER Y COMPRENDER LO ESCRITO PARA COMENTARLO EN CLASE.

LIC. VIOLETA C.R.

OBJETIVO.

EL ALUMNO COMPRENDERA AMPLIAMENTE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DE IGUAL MANERA TENDRÁ UNA IDEA MAS CLARA DE DICHO TEMA PARA UNA MEJOR COMPRENSIÓN DE LA MATERIA.


JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MEXICO

EL CONTROL JURISDICCIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Merkl, afirma que el control jurisdiccional "representa el medio técnico, jurídico con el cual sometemos la actividad de órganos dependientes a la fiscalización de órganos independientes; ofreciendo así, la oportunidad para eliminar del acto administrativo aquellos influjos que han podido actuar sobre el mismo perturbadoramente, en virtud de la dependencia jurídica y política de los funcionarios administrativos".
Nuestro sistema constitucional esta organizado de tal manera que cualquier acto que es lesivo a un particular por actos de la Administración pública, puede desembocar al conocimiento de los tribunales judiciales federales a instancia de los interesados.

Todos los procedimientos administrativos y las resoluciones administrativas que los culminan, sean de autoridades administrativas o de tribunales administrativos, encuentran fácil acceso dentro de la competencias del Poder Judicial de la Federación; un principio general se encuentra en el artículo 27 fracción VI.

El control que la administración ejerce sobre sus propios actos, los recursos administrativos realmente son insuficientes para la debida protección de los derechos de los administrados, puesto que no existe la imparcialidad necesaria para llegar a considerar el propio acto o el acto del inferior como ilegal para dejarlo, obviamente sin efecto y más cuando en el seno de la Administración los órganos de la misma proceden normalmente con criterios uniformes.

Debido a esta razón los legisladores de diferentes piases se han visto en la necesidad de establecer un control jurisdiccional de los actos de la Administración, tomando en cuenta de que deben existir diferentes órganos e independientes de ella dentro de formas tutelares de procedimiento , puedan juzgar y decidir, con autoridad de cosa juzgada, las controversias que susciten entre los particulares y la Administración.

A pesar de esto no existe una uniformidad en las legislaciones respecto de los órganos que deben controlar jurisdiccionalmente la actuación administrativa, ya que mientras en unos existe la diferenciación en el seno de la Administración, en otras se encarga el control de que se trata a los tribunales ordinarios que integran el Poder Judicial.

En el establecimiento del Control Jurisdiccional de los Actos de la Administración, ha dado lugar al Contencioso Administrativo, y este se puede definir desde el punto de vista formal y material.
• Formal: este se define en razón de lo órganos competentes para conocer las controversias que provoca la actuación administrativa, cuando dichos órganos son tribunales especiales llamados tribunales especiales. En esta definición parte fundamentalmente del órgano que decide la controversia.

• Material: existe cuando hay una controversia entre el particular afectado en sus derechos y la Administración, con motivo de un acto de esta ultima. En esta definición se toma en cuenta la materia de dicha controversia. El acto que provoca la controversia debe ser un acto administrativo. La afirmación precedente pudiera estimarse como de tal evidencia que realmente no pareciera necesario asentarla, pero lo que es real que en la practica se incurren en verdaderas y difíciles confusiones, y esto se debe a que la Administración intervenga para resolverla, por ejemplo en materia agraria, resuelve una controversia entre el particular dueño de tierras y los campesinos que la solicitan en la vía de dotación o de restitución, faltando por tanto un acto administrativo que sea el que provoque la contienda; o el procedimiento de oposición que reglamentan las leyes de Tierras, Aguas y Minas ( S.J. de la F., t. XXII, pág. 921).
Para que exista el contencioso administrativo , el acto administrativo debe reunir caracteres especiales, tales como:

• El carácter de definitivo, que ya se haya agotado la vía administrativa y que la ultima autoridad de ese orden haya dictado su resolución .

• Debe ser dictado en uso de una facultad de la Administración ligada por las disposiciones de la ley, es decir que no constituya un acto discrecional de la autoridad. Sin embargo, que un acto realizado en uso de la facultad discrecional puede provocar un contención, por lo tanto la violación a esas limitaciones puede dar motivo a la controversia.

La administración puede realizar sus actos bien con el carácter de Poder Público, bien sujeta a la legislación común o a la legislación civil especial.

El principio de la separación de Poderes y los tribunales administrativos: desde el punto de vista formal, el contencioso administrativo es toda controversia suscitada por un acto de la administración que entra en la competencia de la jurisdicción administrativa; para el conocimiento del contencioso administrativo material se puede clasificar en: el sistema de los tribunales administrativos y el sistema de los tribunales ordinarios.

El sistema de los tribunales administrativos llamado también de la justicia administrativa, consiste en la existencia de una jerarquía de tribunales completamente distinta de la que forma el Poder Judicial.

La jurisdicción administrativa procede, de dos reglas de separación: de la que impide a tribunales judiciales a intervenir en la administración y de al que separa la administración activa de la administración contenciosa.

El principio de separación de Poderes y tribunales ordinarios: el segundo sistema adoptado por otras legislaciones respecto a las autoridades que han de conocer del contencioso que provocan los actos de la administración, es el sistema judicial.

El sistema de los Tribunales administrativos se basa en una interpretación especial al principio de separación de Poderes, a saber: que para que ese principio quede respetado basta que la función jurisdiccional no se ejercite ni por el legislador, ni por el administrador y que, por tanto, no hay inconveniente en establecer una jerarquía de tribunales, con tal de este separada del Poder Judicial y del Administrativo.

Ese mismo sistema de la jurisdicción administrativa se funda en la separación de Poderes se logra más eficazmente so al Poder judicial se le prohíbe intervenir en las funciones del Poder Administrativo.

Separación de Poderes debe entenderse considerando a cada uno de ellos como unidad, y que, por tanto, cuando a la administración se le agregan tribunales independientes del Poder Judicial, se rompe la unidad de éste y se invade, en consecuencia, es su esfera de acción.

Gracias a esto se ha originado el sistema judicial " que la autoridad judicial ha- sido creada precisamente para conocer o aplicar la ley; a ella corresponde, impidiendo la violación de la ley, tutelar los derechos de los ciudadanos de los administrados en suma"

jueves, 18 de febrero de 2010

JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO

ABOGADOS!! ESPERO QUE TENGAN UN BUEN FIN DE SEMANA, DANDO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO CON SU PROGRAMA, LES ANEXO SU SESIÓN DE BLOG NÚMERO CINCO, ENTRAREMOS DE LLENO AL TEMA DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO, LA ACTIVIDAD A REALIZAR SERÁ LEER Y COMPRENDER LO ESCRITO PARA COMENTARLO EN CLASE.

LIC. VIOLETA C.R.

OBJETIVO.

EL ALUMNO COMPRENDERA AMPLIAMENTE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DE IGUAL MANERA TENDRÁ UNA IDEA MAS CLARA DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA TENER UNA MEJOR COMPRENSIÓN DE LA MATERIA.

JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MEXICO
NATURALEZA JURÍDICA

Por lo que se refiere a la naturaleza jurídica de las acciones administrativas, pueden clasificarse en dos grupos:

a. Acciones administrativas ante los organismos y tribunales administrativos;
b. Acciones administrativas ante los tribunales federales.

EL CONCEPTO DE LA ACCIÓN.

La función jurisdiccional corresponde normalmente al Poder Judicial, pero se diferencia de las otras funciones, la legislativa y la administrativa, en la iniciativa de acción de sus órganos. En la acción procesal el derecho de las partes nace de las mismas relaciones jurídicas. Resultados y considerandos, tanto en la demanda, como en la contestación, el alegato, la sentencia y la apelación, fundan su propia estructura: los hechos de la vida social que son configurados por el orden jurídico y la presencia de los órganos jurisdiccionales encargados socialmente de restablecer cualquier perturbación de los poderes o facultades de las personas.

La acción aparece en el derecho administrativo como una facultad de los individuos y un poder de los órganos del Estado, que les permite poner en actividad la inerte maquinaria judicial, cumpliendo con requisitos procesales básicos, que dan impulso suficiente para seguir cada uno de los caminos que el procedimiento jurisdiccional señala, para llegar a la sentencia o resolución judicial.

EL CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN

Si la administración pública es siempre actividad jurídica, en sus actos deben llevar los valores de justicia, equidad, moralidad, como cumplimiento de la legalidad. La administración no debe ser injusta, no debe ser arbitraria y no debe ser inmoral. La administración pública cumple con este cometido cuando dicta y ejecuta actos aplicando en correcta forma la norma y cumpliendo con eficacia su actividad.

El Estado moderno, para cumplir con estos principios, ha creado una función específica: la actividad de control. Este control jurídico se desenvuelve por intermedio de la actividad consultiva, asesora o de ajuste oficioso, que se ejerce como auto-tutela sobre los actos administrativos. Se trata de un control realizado oficiosamente por la Administración pública.

De acuerdo con nuestra legislación constitucional y administrativa, existen diversos organismos y tribunales administrativos, de limitada jurisdicción, ante los cuales los particulares dirimen sus acciones por actos de la Administración pública, que los perjudican; o por la propia Administración en los casos que se señalan como el procedimiento de lesividad.

Estos procedimientos y procesos ante organismos y tribunales administrativos son los siguientes:

a. Recursos administrativos establecidos en las leyes administrativas. La vía judicial no se inicia hasta que se resuelvan estos recursos.
b. Procedimientos administrativos o jurisdiccionales, de revocación, nulidad, caducidad, revisión, prescripción, rescisión y otros; establecidos para restablecer el orden jurídico lesivo a un particular o contrario al orden público.
c. Procedimientos administrativos de oposición a que aluden algunas leyes administrativas.
d. Tribunal fiscal de la Federación, que comprende varios tipos de contencioso-administrativo.
e. El contencioso del derecho laboral administrativo.
f. El contencioso de derecho laboral administrativo de las instituciones paraestatales.
g. El contencioso administrativo agrario: artículo 27 Constitucional.
h. El contencioso de la seguridad social militar.

Junto al Control Administrativo de la actividad de la administración pública se encuentra el control jurisdiccional.

martes, 9 de febrero de 2010

JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO


ABOGADOS!! ESPERO QUE TENGAN UN BUEN FIN DE SEMANA, DANDO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO CON SU PROGRAMA, LES ANEXO SU SESIÓN DE BLOG NÚMERO CUATRO, DAREMOS INTRODUCCIÓN A LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO, LA ACTIVIDAD A REALIZAR, SERÁ LEER Y COMPRENDER LO ESCRITO PARA COMENTARLO EN CLASE.

LIC. VIOLETA C.R.

OBJETIVO.

EL ALUMNO SE INTRODUCIRA Y RELACIONARÁ CON LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DE IGUAL MANERA TENDRÁ UNA IDEA MAS CLARA DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA PARA TENER UNA MEJOR COMPRENSIÓN DE LA MATERIA.


JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MEXICO.

Las autoridades están obligadas a hacer solamente lo que la ley les ordena, es decir, deben cumplir con las facultades que ésta expresamente les confiere.

La administración pública cumple con este cometido cuando dicta y ejecuta actos aplicando en correcta forma la norma y cumpliendo con eficacia su actividad.

El actual derecho administrativo, al referirse al tema de la de la justicia administrativa, extiende su ámbito más allá de aquel que los autores denominan "el contencioso administrativo" y a la que se redujo durante más de medio siglo de nuestra enseñanza.

Los recursos administrativos no bastan para proteger eficientemente los intereses de los particulares, pues aun que la administración pugna por controlar sus funciones es necesario establecer otros medios cuyo trámite y decisión competa a organismos ajenos a ella. Esta necesidad dio como resultado el concepto de contencioso-administrativo.

Los recursos son pues, una forma especial de impugnación de los actos administrativos que provocan una controversia que resuelve finalmente una de las partes: la administración pública.
En nuestra legislación hay una amplísima gama de recursos y su regulación no obedece a patrones; cada uno recibe de nuestras leyes tratamiento, desarrollo y hasta nombre distinto, a pesar de que en el fondo son análogos.

Aun que su denominación varié, básicamente pueden clasificarse en dos grupos; el recurso jerárquico, del cual conoce la autoridad superior a la responsable y el de revocación, del cual conoce la misma autoridad que dictó el acto.

jueves, 4 de febrero de 2010

JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO.


ABOGADOS!! ESPERO QUE TENGAN UN BUEN FIN DE SEMANA, DANDO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO CON SU PROGRAMA, LES ANEXO SU SESIÓN DE BLOG NÚMERO TRES, DAREMOS INICIO A LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MÉXICO, LA ACTIVIDAD A REALIZAR SERÁ LEER Y COMPRENDER LO ESCRITO PARA COMENTARLO EN CLASE.

LIC. VIOLETA C.R.

OBJETIVO.

EL ALUMNO CONOCERÁ UN POCO SOBRE LO QUE ES LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA, DE IGUAL MANERA PODRÁ TENER UNA IDEA MAS CLARA DE LO QUE COMPRENDE LA MISMA Y ASI PODER TENER UNA MEJOR COMPRENSIÓN DE LA MATERIA.


JUSTICIA ADMINISTRATIVA EN MEXICO.

La administración pública cumple con este cometido cuando dicta y ejecuta actos aplicando en correcta forma la norma y cumpliendo con eficacia su actividad.

El actual derecho administrativo, al referirse al tema de la de la justicia administrativa, extiende su ámbito más allá de aquel que los autores denominan "el contencioso administrativo" y a la que se redujo durante más de medio siglo de nuestra enseñanza.

Los recursos administrativos no bastan para proteger eficientemente los intereses de los particulares, pues aun que la administración pugna por controlar sus funciones es necesario establecer otros medios cuyo trámite y decisión competa a organismos ajenos a ella. Esta necesidad dio como resultado el concepto de contencioso-administrativo.

Los recursos son pues, una forma especial de impugnación de los actos administrativos que provocan una controversia que resuelve finalmente una de las partes: la administración pública.

En nuestra legislación hay una amplísima gama de recursos y su regulación no obedece a patrones; cada uno recibe de nuestras leyes tratamiento, desarrollo y hasta nombre distinto, a pesar de que en el fondo son análogos.

Aun que su denominación varie, básicamente pueden clasificarse en dos grupos; el recurso jerárquico, del cual conoce la autoridad superior a la responsable y el de revocación, del cual conoce la misma autoridad que dictó el acto.


El actual derecho administrativo, al referirse al tema de la de la justicia administrativa, extiende su ámbito más allá de aquel que los autores denominan "el contencioso administrativo" y a la que se redujo durante más de medio siglo de nuestra enseñanza.

El termino Justicia Administrativa comprende el estudio de las garantías de la Administración para ser eficaz, justa y también las garantías que debe tener el administrado para asegurar la legalidad y moralidad administrativas y el respeto por sus derechos y sus intereses. No trata solamente el estudio de los recursos del procedimiento, formas de actuaciones, órganos con competencias especiales y el proceso posterior ante los órganos judiciales.

La justicia administrativa comprende institucionalmente el estudio sistemático, orgánico y procesal de todas las garantías que tiene el administrado para la correcta y justa aplicación de la legalidad por la Administración.

"La justicia administrativa comprende el conjunto de principios y procedimientos que establecen recursos y garantías de que disponen los particulares para mantener sus derechos."